6 de diciembre de 2009

¿QUÉ ES UNA ORGANIZACIÓN SOCIAL DE CONTROL DEL TABACO?

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Surge el interrogante sobre lo que debemos entender por organización social de control del tabaco, sobre todo en tiempos donde se consolida una agenda internacional antitabaco legitimada por el Convenio Marco para el Control del Tabaco CMCT, y con ella, el arribo de oportunidades de financiamiento para proyectos y negocios relacionados con productos o servicios de apoyo a su implementación.


En toda organización hay un grupo de personas que hacen explicita su voluntad de interactuar en torno a objetivos sociales y culturales determinados, fortaleciendo relacionamientos sociales que permiten el crecimiento personal y misional de la organización. A partir de este acuerdo mutuo se desarrollan programas, proyectos y agendas, que dan sostenibilidad a la institucionalidad social.

Las organizaciones pueden ser de varios tipos y en todo caso son los objetivos los que la determinan: Género, juveniles, consumidores, salud, educación, servicios públicos, ambientales, gremiales, religiosas, étnicos, comunitarios, etc. En este apartado hay un denominador común: la ausencia de ánimo de lucro en el imperativo del bien común.

Pero la sociedad también origina otras expresiones organizacionales vinculadas al comercio, como las sociedades, corporaciones, empresas e industrias, principalmente. El ánimo de lucro y el beneficio económico para los asociados es de su esencia, hasta el punto que si desaparecen estos presupuestos conlleva la liquidación.

En este contexto ¿Qué es una organización social de control del tabaco? De entrada digamos que “control del tabaco” denota características de integralidad y universalidad, significando que quien se autodefine o presenta como “organización social de control del tabaco” debe incorporar compromisos con el conjunto del CMCT en cuanto a principios, objetivos, obligaciones y medidas.

Ahora, una organización puede o debe tener límites en sus objetivos consultando sus capacidades o recursos disponibles y eso esta bien. Lo que no puede hacer es “comprometerse” con una parte de las medidas del Convenio, la que mas se identifica con sus objetivos, y a renglón seguido negar, desde la acción o el discurso, la pertinencia o necesidad política, social y cultural de las otras medidas de control del tabaco. Por ejemplo, es inaceptable trabajar espacios libres de humo y al mismo tiempo ser coparticipe de proyectos de responsabilidad social de las tabacaleras o interpretar de manera restrictiva las regulaciones sobre advertencias sanitarias o prohibiciones a la publicidad.

Si aceptamos el carácter de integralidad y universalidad, las organizaciones sociales deben tener la potencialidad de movilizar e integrarse a la agenda global del movimiento social antitabáquico que trabaja por la promoción y defensa del Convenio Marco. Su aporte será, desde luego, el trabajo y logros que resulten de sus propios objetivos sociales. Si miramos el panorama mundial, es claro que este enfoque lo encontramos en casi la totalidad de organizaciones o redes antitabaco, contribuyendo de una manera decidida al fortalecimiento del proceso de ratificación e implementación del Convenio Marco.

Al mismo tiempo, los elementos caracterizadores de integralidad y universalidad propios del CMCT, descartan el reconocimiento como organizaciones de control del tabaco a las ONGs de fachada de las tabacaleras por razones que se explican por si solas, a los gremios de la producción que defienden los intereses económicos de la industria tabacalera así aparezcan, por ejemplo, adelantando campañas de protección a menores , y a las empresas o corporaciones que se arriman cuando coinciden sus intereses comerciales con algunas acciones del proceso de instalación de la política publica para poner en marcha las medidas de control a la oferta y demanda de los productos del tabaco.

LAS FARMACÉUTICASEste último caso tiene como un actor importante a la industria farmacéutica que se vincula a los eventos donde hay mercado para sus medicamentos de cesación tabáquica, como expresión del “mandato social” de abrir oportunidades comerciales para concretar beneficios económicos. Esta connotación comercial descarta, por ejemplo, que las farmacéuticas vayan a autorizar el uso gratuito de las patentes o comprometerse con ventas a bajo costo, librando únicamente costos operativos y técnicos. No, su referente no es el problema de salud pública del tabaquismo sino el de responder a los intereses económicos de sus accionistas. Desde esta perspectiva, los funcionarios de las farmacéuticas tienen claro su misión: acciones de mercado; equivocados estamos quienes actuamos desde el enfoque de la salud pública, al no fijar el lindero entre lo comercial de la gestión corporativa y los principios y valores que impulsan nuestra lucha contra el tabaquismo.

Colofón: ¿Cuándo la OMS asumirá que para mejorar el impacto de las medidas contra la pandemia del tabaquismo, es imperativo ejercer control sobre las patentes de los productos de cesación tabáquica, para ponerlos al alcance de gobiernos y fumadores?
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FOTO: Representantes de organizaciones de control del tabaco en el 2º Congreso SRNT IAHF México
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