Las advertencias sanitarias tienen la función de informar del potencial adictivo y los daños a la salud y vida derivados del consumo y la exposición al humo de tabaco. “A nivel mundial, muchas personas no son plenamente conscientes de los riesgos de morbilidad y de mortalidad prematura resultantes del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco, o malentienden o subestiman esos riesgos. Se ha demostrado que la incorporación de advertencias sanitarias y otros mensajes apropiados bien diseñados en los envases de productos de tabaco es un medio costo eficaz para sensibilizar al público acerca de los efectos sanitarios del consumo de tabaco y un medio eficaz para reducir dicho consumo”.
Colombia asumió el deber de incorporar las advertencias sanitarias al empaquetado, cuando en el artículo 13 de la Ley 1335 de 2009 estableció que “en los empaques de productos de tabaco comercializados en el país, dichas frases de advertencia y pictogramas deberán aparecer en las superficies de cada una de las dos (2) caras principales, ocupando el 30% del área de cada cara”. Hasta aquí todo bien y el gobierno siguió avanzando al expedir la Resolución 3961 del 21 de octubre del 2009, por la cual se establecen los requisitos que deben cumplir el empaquetado y etiquetado de todos los productos derivados del tabaco, que se comercializan en el territorio colombiano. Son algunos de sus mandatos relevantes los siguientes:
- En las cajetillas, cartones y los empaques de todos los productos de tabaco, las advertencias sanitarias deben ser visibles en todo momento.
- Para cada serie anual aparecerán seis (6) frases de advertencia y seis (6) pictogramas, las cuales se deben de imprimir de manera que cada uno aparezca en un número igual de paquetes o empaques de todas las marcas pertenecientes a una familia de marcas en todos los tamaños y tipos de envase.
- El empaquetado y etiquetado no podrá: Ser dirigido a menores o ser especialmente atractivo para estos; sugerir que el fumar contribuye al éxito; contener publicidad falsa o engañosa recurriendo a expresiones tales como “suaves”, “ligeros”, “light”, “mild”, o “bajo en alquitrán, nicotina o monóxido de carbono”.
Aquí comienzan los problemas para la salud pública de los colombianos y para el Ministerio de Salud como responsable de la política pública de control del tabaco; veámoslo:
Si se pasan por el comercio de su ciudad, encontrarán con facilidad que la venta de las cajetillas se hacen en dispensadores especialmente diseñados para invisibilizar las advertencias sanitarias, ocultándolas a los ojos de los compradores fumadores o de quienes son el blanco principal de las campañas promocionales de cigarrillos o sea de los adolescentes, hombres y mujeres, como población llamada a engrosar el mercado de consumidores.
Las seis (6) frases de advertencia y seis (6) pictogramas están sin control alguno, en la medida que el Ministerio de Salud no despliega gestión alguna para vigilar que la Industria Tabacalera incorpore en un número igual de paquetes o empaques similar número de advertencias y pictogramas. La Industria conocedora como el que mas del impacto de cada uno de los pictogramas seguramente escoge los de menos efectividad para adosarlos a los empaques. Un muestreo rápido en un punto de venta informa la no presencia de todos los pictogra mas.
Y finalmente para no excedernos en la denuncia, son numerosas las referencias de marca diseñadas para ser atractivas a los menores o que contienes publicidad falsa o engañosa, al incorporar expresiones como como click on, click off, click and roll, edición limitada, mild, familia Kool Mixx, IceExpress. Que interesante sería que los funcionarios del Ministerio y de la Superintendencia de Industria y comercio se pasaran por el comercio local formal e informal para verificar el incumplimiento de la ley y de la resolución ¡Es su deber funcional y ciudadano!
Dejamos aquí, con el compromiso de seguir revisando otros aspectos del cumplimiento de la ley 1335, donde igual registramos las omisiones de las autoridades nacionales y el avance de la industria en su intención de socavar la legislación de control del tabaco. ¿Qué podrá decir la procuraduría sobre esto?