7 de julio de 2008

COSTA RICA y PERU… LOS AVANCES EN LA IMPLEMENTACION DEL CMCT


Costa Rica adelanta una carrera contra el reloj para depositar antes del 17 de agosto el Convenio Marco para el Control del Tabaco CMCT y así participar en la próxima Conferencia de las Partes de Sudáfrica.

Los problemas se van resolviendo, esperamos que con la misma prontitud que demanda la urgencia de la fecha limite. Ya la Sala Constitucional dictamino favorablemente la “constitucionalidad de la ley (proyecto) de ratificación” por lo que ahora solo resta la aprobación en segundo debate de la Asamblea Legislativa y la sanción por el Presidente Arias. Publicado en la Gaceta, queda a punto para el depósito…. Nuestro mejores deseos para los amig@s del control del tabaco y alerta con las reacciones de la industria que en Costa Rica están utilizando una estrategia muy de uso en otras latitudes como es movilizar a los dueños de restaurantes, bares y afines….

AHORA LAS NOTICIAS DE NUESTROS AMIG@S PERUANOS: Después de 2 años de promulgada la Ley para la Prevención y Control de los riesgos por fumar tabaco, el Presidente de la República promulgó la reglamentación de la Ley.

Las tabacaleras dieron la batalla en favor de sus intereses económicos, “pero el Presidente de la Republica prefirió desestimar las observaciones de ellos, aunque no en un 100%, pues todavía la Ley permite la posibilidad de áreas para fumadores en los lugares de recreo y similares, la cual ha quedado en un 20% del área total del lugar, pero físicamente separadas, con extractores y ventilación. No se permitirá fumar en las áreas abiertas de los lugares de diversión, siempre será en espacios físicamente separados. No habrá lugares exclusivos para fumadores.
La publicidad queda restringida a medios escritos exclusivos para adultos y nunca podrán estar en la carátula o contratapa. Prácticamente se elimina toda forma de patrocinio. Tendremos advertencias graficas y mensajes en el 50% de una de las caras. Se prohíbe la venta de cigarrillos sueltos, pero se acepta un paquete no menor de 5 unidades.
El Ministerio de educación está obligado a establer la educación antitabaco en los programas curriculares, al trabajo unido con los gobiernos municipales y las civiles. El Ministerio de Salud se obliga a establecer Programas Preventivos Promocionales y también el tratamiento"
.

La ley y el reglamento precisan que la Comisión Nacional Permanente de Lucha Antitabáquica / COLAT, como organización de la sociedad civil, es vigilante de la Ley dentro de sus competencias, junto con el Ministerio de Salud, el INDECOPI (defensa del consumidor y publicidad), ADUANAS y los Municipios.

¡Que sigan los avances de nuestros hermanos Peruanos, para lograr espacios 100% libres de humo!
FUENTE INFORMACION PERU: CLACCTA