17 de octubre de 2007

GUATEMALA Y LA IMPLEMENTACIÓN DEL CMCT

Colaboración de la Licda. Dora Marina Oliva. Consejo Nacional para la Prevención y el Control del Tabaco en Guatemala.

Guatemala registra una legislación de tabaco desde antes de 1974, regulando la siembra, cultivo, tránsito, manufactura, comercio, consumo, importación y exportación, fabricación y régimen impositivo de los productos de tabaco; sin embargo, es hasta el año 1997 en donde se establecen regulaciones parciales de la publicidad de productos de tabaco, se prohíbe de la venta y consumo de tabaco a los menores de 18 años de edad y prohíbe fumar en establecimientos gubernamentales, transportes colectivos, gasolineras y centros educativos y de atención médica. Esta legislación fue reforzada en el 2000, estableciendo regulaciones más fuertes a la publicidad, se crean advertencias sanitarias rotativas, solo en un 25% de las cajetillas; y se establecen prohibiciones de fumar en espacios públicos, cerrados, con excepción de restaurantes, en cuyo caso se regula la adecuación de espacios para fumadores y no fumadores.

En el año 2005 se ratificó el Convenio Marco para el Control del Tabaco – CMCT, luego de 2 años de haber sido sancionado por el Mandatario y después de una fuerte campaña hacia los Organismos Legislativo y Ejecutivo, así como un movimiento de la sociedad civil organizada a través del Consejo Nacional para la Prevención y Control del Tabaco en Guatemala (Consejo Nacional Antitabaco), logrando finalmente que Guatemala se adhiriera a este Tratado.

INTERFERENCIA DE TACASA
Luego de la ratificación del CMCT se evidenció la inmediata interferencia de TACASA - Tabacalera Centroamericana S.A. (Afiliada de Philip Morris Internacional), proponiendo al Legislativo que la regulación contra el tabaco tome en cuenta, no sólo aspectos económicos, sociales y culturales específicos del país, sino también las prácticas de manufactura, comercialización, distribución y ventas relacionadas con los productos de tabaco.
Mas adelante promovieron en conjunto con algunos Diputados del Organismo Legislativo, una propuesta de Ley orientada a autorizar publicidad televisiva fuera del horario infantil y el establecimiento de un precio mínimo de venta de cigarrillos de acuerdo a la marca de mayor venta en el mercado, iniciativa que gracias a la fuerte oposición de la sociedad civil fue dictaminada desfavorable en el Congreso de la República.

INICIATIVAS
A pesar de esta oposición e interferencia de la Industria del Tabaco, Guatemala avanzó asumiendo el compromiso de cumplir con el CMCT.
En respuesta al Artículo 5, que establece que cada Parte formulará, aplicará, actualizará y revisará estrategias, planes y programas nacionales multisectoriales para el control de tabaco, la Secretaría Ejecutiva para el Control de Adicciones y Tráfico Ilícito de Drogas - SECCATD, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y la OPS, en conjunto con el Consejo Nacional Antitabaco, promueven la conformación de la COMISIÓN MULTISECTORIAL para la Implementación del Convenio Marco para el Control del Tabaco en Guatemala, integrada por diferentes Ministerios y sociedad civil. Su conformación requiere un Acuerdo Gubernativo, encontrándose en la Presidencia de la República para la sanción respectiva.

En desarrollo del Artículo 8 del CMCT, que establece la implementación de medidas legislativas eficaces de protección contra la exposición al humo de tabaco, el Consejo Nacional Antitabaco en conjunto con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y la OPS brindaron asesoría técnica en la revisión y reformulación de la Iniciativa de Ley 3309 “Creación de Ambientes Libres de Humo de Tabaco”, que contempla crear espacios cerrados, totalmente libres de humo de tabaco, incluyendo lugares de trabajo sin excepción, bingos, restaurantes y otros lugares públicos. Esta iniciativa ya fue aprobada por parte la Comisión de Salud del Congreso de la República. El Consejo Nacional Antitabaco está desarrollando acciones de abogacía hacia legisladores, medios de comunicación y propietarios y gerentes de restaurantes así como otros comercios, a través de conferencias de prensa con expertos internacionales, videoconferencias con Personeros de Uruguay y New York para intercambio de estas experiencias, con el fin de posicionar la propuesta de ley en la agenda pública y promover la aprobación oficial de esta Iniciativa de Ley.


LOGROS
A pesar de que las medidas adoptadas en Guatemala son aún débiles y que se enfrenta la interferencia de las Industria de Tabaco en el país, se han registrado grandes avances como la organización de la sociedad civil que realiza acciones de control de tabaco en forma sistemática, frontal y bastante integrada con el Gobierno y Organismos de Cooperación Internacional. Producto de esta lucha antitabaco se reconocen logros como la declaración de espacios completamente libres de humo de tabaco de la Municipalidad de Guatemala y todas sus dependencias (parques, mercados, etc.) y de la cadena de Restaurantes Pizza Hut (ver fotografía), siendo los principales promotores de los ALHT y convirtiéndose en un modelo para otras empresas, restaurantes y comercio en general.

Más recientemente, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social declaró todas sus instalaciones libres de humo de tabaco con el fin de hacer cumplir la legislación existente y está favoreciendo que dicha medida sea cumplida por las demás organizaciones gubernamentales.

En medio de aciertos y desaciertos, Guatemala avanza en la aplicación del CMCT a través de la implementación de ambientes libres de humo de tabaco, la regulación de la publicidad, la restricción de promoción y patrocinio de productos de tabaco y la inclusión de advertencias sanitarias en las cajetillas; sin embargo, estas medidas deben ser más rigurosas y asegurar que cumplan, por lo menos, con las directrices mínimas estipuladas por el CMCT, para lo cual será necesario contar con diversos estudios que generen la evidencia científica para sustentar ante las Autoridades del Legislativo la aplicación de estas medidas.

Es necesario también implementar un sistema que permita el monitoreo del cumplimiento de las obligaciones contraídas a través del CMCT para tener una mejor incidencia en la lucha antitabaco. Se hace necesario que se integre de mejor manera el trabajo organizado del Gobierno con la sociedad civil para desarrollar estrategias efectivas que faciliten la completa aplicación de las medidas del CMCT y se cumpla con los protocolos desarrollados.