Las acciones de control del tabaco siguen en aumento en América Latina. 16 países han ratificado, y continúa el proceso de implementación del Convenio Marco para el Control del Tabaco CMCT: Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Guatemala, Guyana, Honduras, Jamaica, México, Panamá, Perú, Saint Lucia, Trinidad & Tobago, Uruguay.
Desde la Campaña No Tabaco, celebramos estos logros, en el entendido de que todo logro es un avance significativo para obtener la aplicación efectiva de las regulaciones del CMCT. Es posible que en algunos países la legislación tenga algunos vacíos, pero en esta guerra contra las poderosos transnacionales del tabaco, cada centímetro de espacio de publicidad que se les quite y cada prohibición para la comercialización del tabaco, es una verdadera conquista, aceptando, además, que en la región el movimiento antitabáquico está principalmente vinculado al sector salud sin haber permeado el conjunto de organizaciones de la sociedad civil o por lo menos parte importante de ellas, constituyéndose en una importante debilidad.
Pero veamos los últimos LOGROS.
1. En PERÚ, el Congreso aprobó la Ley Antitabaco. “Se prohíbe fumar en todo Centro de Salud , Educación , dependencias públicas y de transporte públicos y privados ( la Ley no solo lo prohíbe en los interiores de estas dependencias si no en su totalidad) .Esta prohibición también incluye los centros laborales , hoteles , restaurantes , cafés , centros de diversión , pero en estos se podrán adaptar áreas para fumadores que físicamente estén separadas y con mecanismos que impidan el paso del humo hacia el resto del local y con extracción hacia el exterior. Se prohíben los términos "ligero”, "suave”, Light”, etc., marcas, slogan, símbolos u otros signos en el etiquetado y la publicidad. Habrá advertencias sanitarias con gráficas del 50% en una de sus caras principales. Se prohíbe la venta a menores de 18 y por menores, la distribución gratuita a menores, los cigarrillos sin filtro, entre otras prohibiciones. Se exige que la publicidad permitida tenga las mismas advertencias que las del etiquetado en un área del 15%. Se prohíbe la publicidad por TV, radios, en las dependencias públicas, en las actividades deportivas de cualquier tipo, en las exhibiciones y espectáculos donde asistan menores de 18 años. En los exteriores de Centros Educativos de cualquier nivel o naturaleza en un radio de 500 metros, en prendas de vestir. Pero se permite en revistas "cuyo público objetivo sean mayores de 18 años y nunca en carátulas o contratapas (con lo cual quedan prohibidos los diarios y la mayoría de revistas)”. Fuente informativa Dr. Carlos Farias / CLACCTA.
2. En CHILE, avanza el proceso de expedición de una ley de implementación del CMCT. Esperamos que esta semana culmine su trámite, para que la nueva Presidenta chilena entre a sancionarla, como uno de sus primeros actos de gobierno.
3. Esta Bitácora ya registró los logros de URUGUAY libre de humo de tabaco, con la expedición de su Ley, constituyéndose en una de los mejores ejemplos a nivel mundial, para ser seguido por toda la comunidad americana.
4. PUERTO RICO, también avanza con sus políticas de control del tabaco. La ley aprobada “enmienda la Ley para Reglamentar la Práctica de Fumar en Lugares Públicos, para que no se pueda fumar en los edificios públicos, departamentos, agencias; instrumentalidades públicas ni corporaciones del Estado Libre Asociado; en ascensores tanto de transporte de pasajeros como de carga en edificios públicos y privados; en ningún vehículo de transportación pública, vehículos oficiales ni en restaurantes, cafeterías, panaderías o cualquier establecimiento de comida; bares, discotecas, licorerías, casinos, centros de reuniones y convenciones, comercios y centros comerciales. La ley, que entra en vigor en un año, tampoco permite fumar en centros de cuido de niños y ancianos, sean públicos o privados, en vehículos de transportación donde viajen menores de 13 años, ni en ningún centro de trabajo en el que haya uno o más empleados”.
4. En Buenos Aires - Argentina “La ley 1799 dispuesta por el gobierno de la ciudad de Buenos Aires prohíbe a los fumadores su hábito en los edificios públicos dependientes de la comuna, además de bares y restaurantes que tengan menos de 100 metros cuadrados. Esta ley consta de tres etapas, la primera comenzará hoy, la segunda -que abarca a los establecimientos privados- se pondrá en funcionamiento el 1 de octubre de este año, mientras que la tercera, en la cual también quedará terminantemente prohibido realizar publicidad de tabaco en la vía pública, será a partir del 1 de enero de 2007. Aquellas personas que infrinjan la ley porteña recibirán multas de entre 500 a 2.000 pesos (16,66 a 666,66 dólares, respectivamente), pero en este caso será sancionado el responsable del lugar en donde esté el fumador y no quien esté ejerciendo su hábito (http://www.lanación.cl)/”.
¡SIGAMOS ADELANTE. EL 2006 REGISTARA IMPORTANTES TRIUNFOS!